HISPANIA NOVA

Revista de Historia Contemporánea

Fundada por Ángel Martínez de Velasco Farinós

ISSN: 1138-7319    DEPÓSITO LEGAL: M-9472-1998

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NÚMERO 4 (2004)

ARTÍCULOS


 

AUTOR: Santiago VEGA SOMBRÍA

TÍTULO: LA REPRESIÓN EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA EN LOS ORÍGENES DEL RÉGIMEN DE FRANCO

 

RESUMEN: Este artículo constituye la presentación de una tesis doctoral en la que se ha estudiado la utilización de todas las variantes de la violencia puestas en marcha para conseguir la implantación del franquismo en la provincia de Segovia. El régimen de Franco se impuso con una violencia en muchos casos innecesaria y desmesurada lo que prueba la pretensión de los sublevados de eliminar y exterminar al oponente. En la provincia de Segovia se ha corroborado que nada había ocurrido antes de la guerra que pudiera justificar la dura represión con que se castigó a los adversarios de esta provincia. El objetivo era sancionar, reprimir y castigar por cualquier hecho o comentario, por insignificante que fuera y al mayor número de personas posible. Se analiza la represión física, en sus dos vertientes: las ejecuciones sin procesamiento ni procedimiento judicial previo y la violencia legal o legalizada, fruto de la aplicación de la legislación militar a través de los consejos de guerra, que condenaban a prisión o a muerte. De igual modo se estudia la represión económica, en sus dos fases de responsabilidad civil y responsabilidades políticas; la depuración administrativa y, por último, la represión formal o violencia simbólica.

PALABRAS CLAVE: Represión franquista, paralización por el terror, represaliados, recuperación de la memoria.


ABSTRACT: This article presents a doctoral thesis which studies the various forms of violence employed to implant Francoism in the province of Segovia. Franco's regime prevailed with a violence which was largely unnecessary and exaggerated and which demonstrated the insurrectionists' desire to eliminate and destroy their opponents. It has been proved that nothing had occurred in the province of Segovia before the war to justify the merciless represion to which adversaries were subjected. The aim was to sanction, repress and punish them for any act or comment, irrespective of importance or numbers. The article analyses physical repression in its two manifestations: executions without trial or previous judicial procedure, together with legal or legalized violence as a result of military legislation by war councils which issued prison or death sentences. The article also studies economic repression, in terms of civil and political responsibility; cleansing of administrative bodies and, finally, formalized or symbolic violence.

KEY WORDS: Francoist repression, paralysis through terror, those who suffered reprisals, recovering the past.

 


  La represión en la provincia de Segovia en los orígenes del régimen de Franco[1].

Santiago Vega Sombría
Universidad Complutense de Madrid

En los albores del siglo XXI, la investigación histórica sobre los orígenes y la implantación efectiva de lo que fue el régimen del general Franco sigue mostrando su completa vigencia, a través de una abundancia notable de trabajos y el interés que el asunto despierta. Gran parte de tales estudios insiste, como no podía ser de otra manera, en el componente represivo que esos orígenes, implantación y desarrollo del régimen mantuvieron siempre, represión ejercida no sólo sobre los adversarios políticos -los vencidos en la Guerra Civil- sino sobre la totalidad de la población. En la actualidad vivimos un florecimiento del interés general por la “recuperación de la memoria”, a través de distintas asociaciones y foros, encaminada principalmente a la reivindicación de los represaliados del franquismo por medio de homenajes, exposiciones o exhumaciones de las víctimas. Estas iniciativas han recibido un impulso con la resolución parlamentaria de 20 de noviembre de 2002 sobre el reconocimiento moral a las víctimas del franquismo, que, no olvidemos, eran los defensores de la libertad y la democracia representada por la II República, contra la que se sublevaron Franco y otros militares, instaurando tras su victoria en la guerra una dictadura de cuatro largas décadas.

 

La imposición del régimen de Franco se llevó a cabo a través del terror en todas las provincias españolas, tanto en las que hubo resistencia como en las que se adhirieron desde los primeros momentos de la propia sublevación militar. Por ello, el estudio del régimen de Franco es inseparable del estudio de la violencia, en palabras de Francisco Moreno: “la represión fue de tal envergadura que constituyó la base misma del régimen, y éste en tanto subsistió en cuanto mantuvo afiladas las armas represivas. Nos hallamos pues ante la gran página negra del franquismo, ante su elemento definitorio de primer orden y, si apuramos un poco, ante uno de los principios fundamentales del movimiento”[2].

 

La investigación de la represión franquista

 

 La represión franquista durante la Guerra Civil continúa siendo objeto de estudio importante por parte de los historiadores, fundamentalmente porque es un tema que no se ha escla­recido en su totalidad. Aunque existe ya una abundante bibliografía sobre algunos temas específicos como las ejecuciones, otros -como el control de los comportamientos, la depuración o la incautación de bienes- aún no han sido estudiados en su totalidad. Al mapa de la represión franquista todavía le restan varias provincias por investigar y realizar el censo de represaliados durante la guerra.

 

El panorama bibliográfico acerca de los distintos ámbitos de la represión arroja una gran diversidad de estudios y distinta profundidad en función del campo. Por ejemplo, en cuanto a represión física -el censo de represaliados-, como comprobamos en el trabajo coordinado por Santos Juliá, Víctimas de la Guerra Civil[3], se han realizado estudios en torno a la mitad de España, destacando las carencias de éstos en Castilla y León, donde únicamente están investigadas Soria, Valladolid, Salamanca[4], a los que recientemente añadimos una tesis doctoral sobre León y la que ahora presentamos de Segovia. Galicia también acusa esta carencia, pues únicamente ha sido publicado el relativo a la provincia de Lugo[5].

 

Con referencia a lo publicado, es de justicia reconocer la labor pionera de los estudios de Solé y Vilarroya sobre la represión en Cataluña y Francisco Moreno sobre Córdoba[6]. Tras ellos han llegado otros trabajos importantes entre los que destacamos el coordinado por Julián Casanova sobre Aragón, Miguel Ors (Alicante) y Manuel Ortiz (Albacete) [7].

 

En el terreno de la represión económica no existe todavía una extensa bibliografía. Fue pionero en la investigación de las responsabilidades políticas Glicerio Sánchez con su estudio sobre el partido judicial de Monóvar (Alicante), le siguió Conxita Mir con un trabajo sobre la provincia de Lleida y Álvaro Dueñas con su tesis doctoral sobre Madrid[8]. A estas obras hay que añadir algunos artículos de revista realizados sobre Granada, Soria y la Generalitat de Catalunya y una tesina sobre la comarca zamorana de Sanabria[9].

 

En cuanto a la depuración, los estudios más numerosos y exhaustivos se han realizado sobre los maestros, en concreto sobre las provincias de Burgos, Valladolid, León y País Vasco (un trabajo sobre Segovia está a punto de salir), además del estudio comparativo de 11 provincias elaborado por Morente Valero[10]. Otros trabajos se han hecho sobre grupos profesionales más concretos, como diplomáticos, catedráticos de Universidad o el Canal de Isabel II de Madrid[11].

 

Con  respecto a los distintos mecanismos de control social, son interesantes los estudios de Conxita Mir[12].  Por otra parte, las últimas tendencias historiográficas sobre la represión franquista se centran principalmente en el mundo penitenciario como se constató en el Congreso de Barcelona de octubre de 2002[13] y los abundantes trabajos aparecidos recientemente Irredentas, Esclavos de Franco, Una inmensa prisión[14]. A los que se añade una interesante obra más genérica coordinada por Julián Casanova, Morir, matar, sobrevivir [15] y un trabajo de Espinosa sobre la represión en Badajoz[16]. 

 

A este panorama científico de los estudios acerca de la represión franquista creemos contribuir con este artículo, porque en él se aporta una investigación exhaustiva centrada en una provincia completa, que engloba la utilización de todas las variantes de la violencia puestas en marcha para conseguir la implantación del franquismo en Segovia. En esta provincia se produjo de forma paralela la destrucción de la democracia republicana y la instauración del nuevo régimen. Ambos procesos se iniciaron con la sublevación de la guarnición de la capital, en la mañana del domingo 19 de julio de 1936 y se desarrollaron de una forma violenta.

 

Transcurridos más de veinticinco años desde la muerte de Franco y desaparecido su régimen político, todavía los investigadores chocamos con trabas en algunas instituciones. Aún quedan archivos cuya accesibilidad depende de las personas que los dirigen. Estos hechos dan idea de hasta qué punto se sigue considerando la Guerra Civil como un capítulo no cerrado de nuestra historia a pesar de haber transcurrido más de sesenta años desde que concluyó y de la citada resolución del 20 de noviembre.

 

Todavía no se pueden abordar abiertamente ciertos temas relacionados con la represión franquista durante nuestra contienda. Se utiliza siempre la manida excusa de no “abrir viejas heridas”, lo que quiere decir que “las viejas heridas” no han sido curadas, ni cerradas, simplemente se han cubierto por el silencio y el olvido, y siguen estando ahí. Como se demuestra con las negativas de algunos ayuntamientos a la colocación de placas de homenaje a los represaliados, o las trabas a las exhumaciones de cadáveres de las víctimas de la represión.

 

En lo que a esta investigación se refiere, las mayores dificultades fueron interpuestas por algunos funcionarios en puestos clave, como la secretaria de la Audiencia Provincial de Segovia, secundada por el director del Archivo Provincial, que impidieron sistemáticamente la consulta de la documentación relativa a los procesos de responsabilidad civil y responsabilidades políticas. Fue necesario el recurso ante el Consejo General del Poder Judicial para que amparase el derecho del investigador a la consulta de los fondos solicitados.

 

Para la confección de este trabajo se han utilizado fundamentalmente fuentes documentales: libros de defunciones de los registros civiles, libros de enterramien­tos de los cementerios, sentencias de consejos de guerra y un variado elenco de expedientes personales: de desaparición o de fallecimiento, de depuración de personal funcionario, de incauta­ción de bienes, de responsabilidades políticas y expedientes penitenciarios.

 

Pero, para completar debidamente un estudio de estas características, es fundamental el trabajo de campo con entrevistas a los afectados directos de la represión o a familiares, amigos, compañeros y vecinos de los represaliados que nos han ayudado a recomponer los hechos y las vivencias de aquella época.

 

La represión franquista en la provincia de Segovia

 

El régimen de Franco empleó distintas variantes de la violencia para imponerse a los adversarios y posteriormente consolidarse en el poder. En primer lugar la represión física, en sus dos ámbitos: las ejecuciones sin procesamiento ni procedimiento judicial previo y la violencia legal o legalizada, fruto de la aplicación de la legislación militar a través de los consejos de guerra, que condenaban a prisión o a muerte. Pero no son de menor importancia la represión económica, en sus dos fases de responsabilidad civil –Decreto 10 de enero de 1937- y responsabilidades políticas –Ley de 9 de febrero de 1939-; la depuración administrativa y la represión formal o violencia simbólica.

 

La eliminación de los adversarios

 

Bajo este epígrafe incluimos tanto los fusilamientos “ilegales” o “en caliente” (no utilizo el término “incontrolada” porque en todo momento la autoridad militar dominaba y controlaba toda la provincia), como las ejecuciones fruto de sentencia de consejo de guerra.

 

El procedimiento habitual de los primeros era la detención -por parte de escuadras falangistas en su mayoría y, sólo en algunos casos, por la Guardia Civil- de la víctima en su tra­bajo o en su domicilio y, tras un corto viaje en coche o camioneta, se producía la ejecu­ción en algún descampado, en el pinar, en una cuneta, etc., sin que la víctima llegara a estar detenida en ninguna prisión. Otras veces la víctima era llevada al cuartel de Fa­lange de la localidad, donde -con el pretexto del interrogatorio- el detenido sufría palizas, torturas físicas y psíquicas. Las sacas de presos de las cárceles también fueron frecuentes en la capital y en la provincia; estaban “justificadas legalmente” como traslados de detenidos de una prisión a otra y llevaban la firma del comandante España, gobernador civil designado por los sublevados, siendo los verdugos los falangistas que efectuaban la conducción. En ocasiones servían como venganza ante un bombardeo previo de la aviación republicana, como ocurrió el 14 y 30 de agosto de 1936, en la capital.

 

La práctica totalidad de las ejecuciones “ilegales” se produjeron en el verano de 1936, siendo especialmente trágico el mes de agosto, con la mayoría de las ejecuciones, 135 sobre un total de 211, es decir, el 64%; desciende ostensiblemente en el mes de septiembre (30), y aún más en octubre (5), para llegar prácticamente sin ejecuciones “ilegales” hasta el final de la guerra. Desde estas fechas, meses de septiembre y octubre de 1936, se comenzó a aplicar más exhaustivamente la justicia militar implantándose los fusilamientos originados por sentencias de consejos de guerra. Si bien, de forma paralela hubo ejecuciones judiciales desde el 24 de julio, alcanzando un total de 35 fusilados, hasta el 30 de septiembre de 1936.

 

La venganza de los sublevados hizo que el terror subiera de tono en los lugares que habían permanecido en poder de los republicanos durante algún tiempo. En varias localidades de la provincia de Segovia los comités del Frente Popular mantuvieron la legalidad democrática todavía algunos días después de la sublevación de los militares de la capital. A pesar de que en este periodo de dominio republicano no hubo incidentes ni detenciones de elementos derechistas, cuando los falangistas y guardias civiles dominaron estos lugares comenzó la dura represión de los que habían sido líderes de la defensa de la legalidad republicana, o incluso de los que se habían limitado a participar en los actos de oposición a la sublevación. Así ocurrió en Cuéllar, Bernardos, Nava de la Asunción, El Espinar, San Ildefonso, Coca, etc.

 

Si bien el objetivo prioritario de la represión fueron los dirigentes políticos: el delegado del Ministerio de Trabajo, Juan Marco Elorriaga; además de alcaldes y concejales, presidentes y líderes de las Casas del Pueblo, abundaron las víctimas anónimas, simplemente trabajadores comprometidos en la defensa de sus intereses de clase, que eran ejecutados con fines ejemplarizantes, para infundir terror.

 

La práctica totalidad de los fusilados eran adversarios políticos, republicanos e izquierdistas, pero además de la ideológica, algunos de ellos tenían alguna enemistad particular con los personajes que los delataron o ejecutaron (desquite por motivos económicos, personales, pasionales, etc.), o se trataba de una venganza por no haber podido eliminar al hijo o al padre que había pasado al bando republicano.

 

El predominio de trabajadores, principalmente jornaleros, entre las víctimas revela una marcada represión de clase, como castigo al pujante movimiento obrero que había puesto en peligro la dominación de la oligarquía tradicional. Entre los funcionarios, destaca la persecución específica a los maestros progresistas que educaban en libertad, poniendo en cuestión los cimientos de la sociedad tradicional. Su importante papel en la transformación de España les ocasionó la enemistad de los sectores conservadores segovianos, especialmente del clero. Fueron fusilados un total de 17 maestros en la provincia de Segovia, lo que representa casi un 10% del total de las víctimas.

 

Gráfico nº 1: Profesiones              

 

 

  La provincia de Segovia por su situación de límite, por el sur y el este, a lo largo de las sierras de Guadarrama y Somosierra, con las provincias de Madrid y Guadalajara, fue frente de guerra durante todo el conflicto, si bien la actividad bélica se limitó al  verano de 1936 y a la ofensiva republicana de mayo/junio de 1937 por el sector de La Granja. La labor de limpieza fue exhaustiva en toda la franja de la sierra que era línea de frente, y desde Villacastín hasta Ayllón, prácticamente todos los pueblos serranos fueron afectados.  En esta zona hubo un total de 91 fusilados, como vemos en el mapa que sigue.

 

Domicilio de las víctimas de la represión ilegal

 

En cuanto a la justicia castrense, los militares sublevados se valieron fundamentalmente de los procedimientos penales ya existentes para reprimir a los oponentes políticos: utilizaron el Código de Justicia Militar hasta la saciedad. Pero, la aplicación a personal civil de la legislación castrense vino originada por la ilegalidad que supuso la sublevación contra el Estado de derecho, iniciada la tarde del 17 de julio en las guarniciones del norte de África. En esta fundamentación de la persecución de los defensores de la legalidad acusados de rebelión, se apoya lo que se ha venido a denominar la “justicia al revés”; en expresión de Serrano Súñer.

 

El mayor número de sumarios de la plaza de Segovia se formaron en 1936 (un total de 133, que agrupaban a 680 procesados), en 1937 ya descendieron a 101 sumarios y “sólo” 225 procesados, y en 1938, 42 causas sobre 116 inculpados. Por otro lado, la mayoría de las causas del periodo 1939-1944 afectaron a segovianos que habían franqueado la sierra para alistarse con el Ejército republicano, algunos detenidos en Madrid o en otros frentes al finalizar la guerra; pero la gran mayoría serían apresados al regresar a sus localidades de origen una vez terminada la contienda.

 

A la hora de aplicar la calificación de los delitos, la arbitrariedad de los tribunales militares fue tan habitual que se hizo norma común, por lo que las generalizaciones son muy difíciles de formular en el presente estudio. No obstante, y con las debidas precauciones, podemos hablar de unos criterios generales aplicados en la provincia de Segovia:

  • Rebelión en calidad de jefes: los organizadores de los actos de oposición a la sublevación: tales como huelga, cortes de vías de comunicación y vigilancia armada de las localidades.

  • Adhesión a la rebelión: las personas que realizaron los actos de oposición referidos en el punto anterior.

  • Auxilio a la rebelión: aquéllos que participaron en manifestaciones contrarias a la sublevación y muchos de los que realizaron los actos de oposición.

  • Excitación a la rebelión: los que animaron a otros a participar en las acciones de oposición.

 

Por último, no se pueden adscribir a ninguna de las anteriores calificaciones los procesados por manifestaciones verbales contrarias al alzamiento militar, puesto que hubo distintas catalogaciones que impiden la generalización.

 

La arbitrariedad en la calificación de los delitos tenía su continuidad en las penas impuestas. Predominaron las condenas de larga duración (el 26% a 30 años, 22% a 20 años) y aunque la pena de muerte representa un porcentaje menor: 13%, hay que recordar que, salvo en los frentes de batalla de la sierra, en Segovia no se había producido enfrentamiento armado ni víctimas entre los sublevados provocadas por los republicanos, que pudieran justificar ejecuciones judiciales.

 

 

La represión económica y administrativa

 

La represión económica fue aplicada, por el Decreto 108 de 1936, a “los responsables de daños o perjuicios causados a España” (es decir, cualquier persona que por sus comportamientos político-sociales fuera declarada responsable de dichos daños por el criterio arbitrario de la Comisión Provincial de Incautación de Bienes de Segovia) y a todas aquellas personas condenadas en consejo de guerra por “actos y omisiones contra el Movimiento Nacional”[17].

 

Antes de la finalización de la contienda, el Gobierno de Burgos dictó la Ley de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939, que pretendía extender la represión –económica, política y contra la libertad de residencia- a todos los adversarios durante la guerra, a los que se añadían también los que hubieran dirigido, militado o apoyado a cualquier partido del Frente Popular. Con ello se consolidaba la vulneración de la irretroactividad penal, puesto que se sancionaban ideas, actitudes o acciones anteriores a la sublevación militar –es decir, perfectamente legales cuando se realizaron-. Esta ley pretendía sancionar a todos los adversarios, fueran dirigentes o militantes de base, alcaldes o jueces de paz, diputados o simplemente apoderados en las elecciones de febrero de 1936, que hubieran desarrollado su labor política en la capital o en la localidad más pequeña de la provincia.

 

A lo largo de la prolongada posguerra la mayoría de los sancionados por ambos procedimientos de responsabilidad civil y de responsabilidades políticas fueron indultados o sobreseídos sus casos: de los 1063 expedientes incoados en la provincia de Segovia y que conocemos su resolución definitiva, tuvieron dictamen favorable 808, lo que supone el 76%.

 

Estas medidas originaron que fueran devueltos la mayor parte de los bienes intervenidos y el dinero en metálico (aunque en este caso, la devolución se hacía con el  valor de las fechas de incautación, lo que suponía una devaluación considerable[18]). En vista de lo cual, podríamos aventurar que, gracias a este procedimiento, el régimen de Franco obtuvo un préstamo sin intereses efectuado por los adversarios políticos para cimentar la construcción del Nuevo Estado. A este fin económico hay que añadir la contribución, de una manera eficiente junto con el resto de estrategias represivas (penales y administrativas), a paralizar a los adversarios por medio del embargo de sus bienes o el miedo a la sanción.

 

La depuración de los empleados públicos era una aplicación más de lo que venimos denominando “justicia al revés”. Los españoles que se habían sublevado contra la legalidad vigente, llevaban a los tribunales, acusaban, encarcelaban y fusilaban a aquellos españoles que habían permanecido fieles a la democracia republicana. Se pretendía sancionar a todos los empleados de todas las escalas, independientemente de la importancia del puesto.

 

En los tres ámbitos investigados (Magisterio, Diputación Provincial y Ayuntamiento de Segovia) comprobamos que los hechos que motivaban la sanción coincidían, generalmente, con los del resto de procedimientos represivos: militancias políticas o sindicales republicanas o de izquierda previas a la guerra. Así como las sanciones eran impuestas con gran arbitrariedad, de igual manera se otorgaban los indultos o las revisiones.

 

El proceso depurador afectó a todos los maestros y maestras destinados en la provincia de Segovia, 702. De ellos fueron sancionados 184, lo que representaba un 26,2% del total de maestros. Este moderado porcentaje no puede restar importancia al proceso represor, pues fueron sancionados aquéllos que constituían la vanguardia del Magisterio, los maestros que tenían inquietudes por llevar las innovaciones pedagógicas a las escuelas. Muchos de ellos escribían en revistas especializadas como Magisterio Segoviano, que dirigía Ángel Gracia (fusilado en agosto de 1936), colaboraban en la prensa de información general, Segovia Republicana, Heraldo Segoviano, El Adelantado de Segovia o daban conferencias por toda la provincia. Los líderes sindicales de los maestros fueron fusilados: Jesús Gilmartín, secretario provincial de Trabajadores de la Enseñanza (adscrita a UGT), Lorenzo Fernández de la Confederación de Maestros y Julio González y Pedro Natalías de la Asociación Provincial del Magisterio. Hay que destacar, además, el importante papel de muchos maestros en la organización de las Casas del Pueblo de la provincia.

 

 

Control de los comportamientos sociales

 

El control social, en estrecha relación con la represión física, fue uno de los elementos más importantes para conseguir la paralización por el terror. Incluía el amedrentamiento, la intimidación y la humillación de la población. Estaba a la orden del día y se desarrollaba en cualquier lugar de las ciudades o de los pueblos, comprendía desde la denominación de las calles con los nombres de los vencedores, las placas de los caídos nacionales, los sellos de correos; a la compra diaria o el abuso de poder de las nuevas autoridades. Las coacciones y amenazas eran una práctica constante en cualquier ámbito de la vida cotidiana y tenía múltiples formas de expresión, pero todos ellos con la doble finalidad de atemorizar y humillar a los oponentes políticos. En casi todas las localidades se produjeron cortes de pelo a las mujeres o madres de “rojos”. Los hombres eran sacados de madrugada de sus casas para obligarles a ingerir aceite de ricino y pasear sus consecuencias por las calles o por los bares de la localidad. Además eran obligados a cantar brazo en alto el “Cara al sol” u otros himnos nacionales.

 

Los informes favorables sobre conducta político-social, tan necesarios para desarrollar cualquier tipo de actividad, se convirtieron en un medio fundamental de coerción. Eran precisos los avales para la obtención del carnet de conducir, para participar en una oposición de acceso a la administración, como maestro, guardia civil, policía, etc.; o conseguir cualquier empleo, por humilde que éste fuera. Pero también lo eran para superar los procedimientos represivos: expedientes de depuración o de responsabilidades políticas, o la obtención de la libertad condicional. Estos informes los realizaban las nuevas autoridades: el gobernador civil, los alcaldes, los comandantes de los puestos de la Guardia Civil, los jefes locales de FET y los párrocos.

 

La coerción religiosa representó un factor determinante de control social, pues la Iglesia Católica fue la institución que en mayor medida contribuyó a la socialización del régimen franquista. Desde el 19 de julio de 1936 en Segovia volvió a ser oficial -y casi obligatoria- la religión católica, retornaron las manifestaciones públicas multitudinarias de religiosidad a las que se vieron forzados a acudir los no practicantes, para evitar ser perseguidos o señalados como desafectos.

 

Conclusiones

 

  En primer lugar, las responsabilidades en la represión, desde el 18 de julio, recaen de manera total y absoluta sobre los militares sublevados, puesto que la primera medida tomada por los insurgentes fue la declaración del estado de guerra mediante el cual cada jefe militar se hacía con todos los poderes dentro de la jurisdicción correspondiente. De esta manera, los poderes judicial, militar, político y económico eran asumidos por el sector del Ejército que se había levantado contra la legalidad. Ni el gobernador militar, coronel Tenorio, ni el gobernador civil, comandante España, hicieron nada por frenar o impedir la represión, al menos hasta septiembre de 1936. De hecho las órdenes de traslado de presos, que originaban las sacas estaban firmadas por España.

 

La responsabilidad del Ejército como institución en las labores represivas no se limitaba a las ejecuciones sumarias, ya que además integraban los tribunales de los consejos de guerra que firmaban las penas de muerte, imponían las sanciones en los procedimientos de responsabilidad civil, formaban parte de los tribunales de Responsabilidades Políticas y controlaban las jurisdicciones especiales: Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo.

 

A los alcaldes se les hizo partícipes de la represión sobre los oponentes desde los inicios de la contienda. El Gobierno de Burgos descargó sobre las autoridades locales gran parte de la responsabilidad represora en todos los ámbitos. Eran los delegados de las autoridades militares y los encargados de llevar el régimen a todas las localidades de España. Al ser la violencia el método empleado por las autoridades nacionales para llevar a cabo la consolidación del régimen, los alcaldes tenían que seguir los mismos caminos. No todos colaboraron de buen grado, muestra de ello fueron las continuas amenazas de los gobernadores civiles y las numerosas multas impuestas a ediles de distintas localidades por su poco celo en hacer cumplir las normas.

 

Es indudable que un sector importante de los españoles participó y colaboró con el régimen en las labores represivas, pero hay que tener muy en cuenta la magnitud de la represión llevada a cabo con extrema violencia que consiguió el objetivo de la paralización por el terror, lo que contribuyó enormemente a la consecución de ese “consenso”.

 

El papel de la Iglesia fue determinante en su apoyo a los sublevados y como garante y legitimador del nuevo régimen, otorgando su legitimidad, aunque otros autores hablan de justificación y no de legitimación. Como afirma Cifuentes “Su postura resultó ser decisiva no sólo para dar cobertura y justificación a los procesos violentos desencadenados, sino para legitimar el triunfo posterior”[19]. La implicación de la Iglesia en la represión se plasmó a través de los sacerdotes presentes en las ejecuciones y en las cárceles que no trataban de aminorar los castigos corporales o el sufrimiento físico: la excesiva preocupación del clero por la “otra vida” les hacía olvidar las arbitrariedades de la justicia franquista. Por otro lado, los informes de los párrocos eran determinantes en el procedimiento de responsabilidades políticas, de depuración de los maestros o para la concesión de la libertad condicional. Uno de los primeros jerarcas de la Iglesia en hacer pública su postura de adhesión al movimiento militar fue el obispo de Segovia, Luciano Pérez Platero, antirrepublicano militante.

 

Con la ejecución, el encarcelamiento, la incautación de bienes o la depuración de los adversarios no se cerraba el proceso represivo; es más, suponía el desencadenamiento de una serie de repercusiones que se podrían agrupar en cuatro categorías: económicas, sociales, políticas y psicológicas.

 

Las consecuencias económicas eran evidentes: una vez desaparecido el propietario, se procedía a una apropiación de los bienes de los infortunados. Estas incautaciones en principio eran ilegales, pues aún no se había desarrollado legislación al respecto. Las autoridades locales, Ayuntamiento y Falange, los nuevos gobernantes o sus valedores, las fuerzas vivas o caciques que ejercían el poder en la sombra se apoderaban de dichos bienes, sin ningún escrúpulo, dejando a viudas e hijos en la más absoluta indefensión y sin medios de vida, lo que les obligaba a trabajar en cualquier oficio y en unas condiciones, casi siempre, desfavorables.

 

Las familias de las víctimas quedaban arruinadas, sin percibir ningún tipo de pensión o ayuda económica, ni tan siquiera los familiares de los empleados de la administración que oficialmente tenían derecho a ella; porque, si no se reconocía oficialmente el fallecimiento, no había ocasión de alcanzar la asignación. Pero, como la mayoría de las víctimas eran obreros que vivían exclusivamente de su trabajo sin ningún tipo de seguro, fallecido el cabeza de familia, los ingresos económicos desaparecían. Las mismas dificultades padecían los represaliados y sus familiares cuando eran encarcelados, despojados de sus puestos de trabajo o incautados sus bienes en cualquiera de los procedimientos sancionadores de responsabilidades civiles o políticas.

 

La represión cumplió su función ejemplarizante de lo que ocurría a los adversarios políticos: la muerte, la prisión, la incautación de bienes, la pérdida del puesto de trabajo. Pero, además servía a su objetivo de paralizar a la sociedad, adormecer a la población por la estrategia del terror. Para ello se utilizaban los castigos ejemplares, el fusilamiento, la prisión, el destierro, las humillaciones, las amenazas y coacciones.

 

La represión se dirigía principalmente contra los oponentes, pero también contra las personas que no manifestaban adhesión entusiasta al nuevo régimen, o se mostraban blandos en su trato con el “enemigo”. Para ello se utilizó la calificación de “desafecto”, que se podía incluir en la partida de defunción del fusilado, para diferenciar nítidamente a los vencidos de los denominados “afectos al Glorioso Movimiento Nacional”[20]. Esta “marca” negativa producía discriminaciones en todos los campos de la vida social, desde el servicio militar a la “cola” de la compra, pasando por las cartillas de racionamiento, las oposiciones a cualquier puesto de trabajo, etc.

 

En cuanto a las consecuencias psicológicas, el terror, el miedo, el odio, el rencor, la venganza o la resignación son sentimientos que la represión despertó en muchos de los familiares de las víctimas. Primeramente, hay que señalar que a la mayoría de familiares de las víctimas, que eran católicos practicantes, les creó problemas de conciencia y de fe, pues veían con asombro cómo sus deudos eran ejecutados en defensa de un orden y unos valores apoyados por la Iglesia. La misma Iglesia que hablaba de amor al prójimo negaba ayuda a los condenados, no intercedía para conseguir los indultos, o se limitaba a ofrecerles la confesión y comunión antes de la ejecución. Muchos familiares dieron la espalda a esa Iglesia, que no trató de conciliar los bandos enfrentados en la Guerra Civil entre españoles.

 

El miedo y el terror afectaba a todos, fueran sospechosos o no por su pasado o presente, no adherido al movimiento. Familias de víctimas que desconocían dónde habían sido enterrados sus muertos, preguntaron tiempo después a los enterradores, pero éstos no decían nada, o no sabían o no podían, pues estaban aterrorizados también. Algunos familiares tuvieron que sortear innumerables dificultades para encontrar testigos que declararan en los expedientes para oficializar los fallecimientos por ejecuciones sumarias.

 

Aún hoy continúa el miedo de muchas personas, algunos sueñan todavía con aquellos sucesos. Tan es así que en nuestros días es muy complicado hablar de estos temas. Bastantes familiares se han negado a mantener una entrevista con este investigador por no querer oír mencionar sucesos que ni han olvidado, ni superado, ni perdonado. Se podría decir que muchos familiares se han impuesto una especie de autorrepresión, un autocontrol para dejar aletargado ese recuerdo que se niegan a rememorar. Quieren olvidar a toda costa o no volver a hablar nunca de unos hechos que les han dejado heridas muy profundas para toda la vida.

 

La rabia es un sentimiento generalizado entre los familiares de las víctimas. En muchos casos han permanecido viviendo en la misma localidad verdugos y viudas, hermanos o hijos de ejecutados, lo que ha agravado el sufrimiento y el odio de éstos.  Han tenido que coincidir en el bar, en la iglesia, en la tienda o en el Ayuntamiento. A lo largo de los años que han pasado desde la guerra se han sucedido miradas, insultos, incluso alguna pelea entre víctimas y verdugos.

 

El fusilamiento, la eliminación física del oponente, el peso de la propaganda y la educación dirigida durante cuatro décadas, han creado otro sentimiento en algunos familiares, el de avergonzarse de sus padres o abuelos, que fueron ejecutados por estar “confundidos”, por “no ser buenos españoles”. No era culpable el régimen que castigaba injustamente por pensar de manera diferente, el culpable era el militante, porque por sus ideas lo habían fusilado, encarcelado o despojado de los bienes.

 

Estas consecuencias psicológicas de la represión no se han superado porque tras el silencio obligado de la dictadura, vino la frustración por el silencio obligado por los artífices de la transición. Desde las instituciones no se hizo nada por restaurar el recuerdo de las víctimas, de modo que los familiares se vieron otra vez represaliados, no pudieron dar salida a esos sentimientos durante tanto tiempo reprimidos.

 

Por último, las consecuencias políticas también fueron importantes puesto que, con el triunfo de la sublevación militar en Segovia, se produjo el desalojo del poder de republicanos y socialistas, gobernantes en Ayuntamientos, Diputación y Gobierno Civil. Se impuso así un sistema político autoritario sobre la base de una represión extremadamente dura, cuyo primer objetivo había sido la expulsión del poder de los representantes elegidos por el pueblo en las elecciones de febrero de 1936.

 

Las nuevas autoridades que nombraron los sublevados fueron generalmente  representantes de la oligarquía tradicional. Se produjo una homogeneización conservadora/reaccionaria en el poder local y provincial. A partir de la unificación que estableció el partido único en la España franquista, la adscripción política de todos los cargos era falangista, pero el conglomerado de FET aglutinaba a distintas y dispares familias: fascistas, reaccionarios, tradicionalistas, monárquicos, católicos; y no fueron precisamente los fascistas los que gobernaron en la provincia de Segovia. El bloque conservador tradicional encabezado por Rufino Cano de Rueda y Juan de Contreras mantuvo todo su poder e influencia sobre la política segoviana.

 

La oposición política quedó descabezada de sus líderes locales y de muchos de sus militantes, hasta quedar paralizada totalmente. La mayoría de dirigentes desapareció, unos pasaron al otro bando, otros fueron presos, y el resto fueron fusilados.

 

Valoración final

 

Como aportación más relevante al panorama bibliográfico creemos que en este trabajo se ofrece un estudio completo, exhaustivo y pormenorizado de todas las variantes de la represión franquista en una provincia en su conjunto, explicando todos los procesos e identificando a la totalidad de los represaliados. Se ha completado la relación de represaliados por los distintos procedimientos represivos: los empleados depurados y los segovianos sujetos a procedimiento de responsabilidad civil o política; los fusilados sin proceso y los ejecutados en aplicación de sentencia de consejo de guerra (apuntando lo averiguado de cada caso particular, además de un análisis socioeconómico de las víctimas).

 

Como ya han destacado otros investigadores -en contra del criterio de Salas Larrazábal, quien aseguraba que todas las muertes producidas por la represión en la “España Nacionalista” se habían inscrito en los registros civiles-, hemos comprobado que existe un porcentaje elevado de ejecuciones ilegales no inscritas. De las 211 víctimas contrastadas en esta investigación, se registraron 138, lo que representa un 65,40% de inscripciones. Por tanto el 34,60% de fusilamientos ilegales no fueron reconocidos oficialmente. En cuanto a los términos numéricos, quedan muy superadas las 147 víctimas aportadas por Salas[21] para esta provincia, con las 211 que ofrecemos aquí, a las que se deben sumar las 145 personas fusiladas por la aplicación del Código de Justicia Militar, que nos da como resultado total 356 víctimas de la represión franquista en la provincia de Segovia.

 

Otra documentación oficial cuyos datos estamos en condiciones de refutar es la Causa General[22], que en su apartado de Segovia incluye un total de 31 segovianos presuntamente víctimas de la represión republicana: entre ellos cuatro fallecidos en el frente de batalla, una mujer muerta al estallar una bomba y sólo acredita el fusilamiento de siete, pero no en la provincia de Segovia. Del resto, no aporta más información sino que desaparecieron, pero sin especificar si fue en combate o por represión en retaguardia. En lo que nos atañe al presente estudio, hay dos claras equivocaciones que se corresponden con sendas ejecuciones realizadas por los falangistas en esta provincia que eran atribuidas a los republicanos.

 

Por otra parte, a las pérdidas demográficas como consecuencia directa de la represión, hay que añadir que los familiares no tuvieron el apoyo institucional a través de pensiones, becas, ayudas para conseguir viviendas, etc. que tuvieron los afectados del bando vencedor; sino que además, sufrieron el rechazo de sus propios vecinos, que los señalaban y trataban como si fueran delincuentes. Este tratamiento padecieron también los 2.282 presos segovianos y sus familias, los 520 depurados y los 1.063 afectados por los procedimientos de responsabilidades civiles y políticas.

 

Con respecto a otras provincias, sólo se pueden comparar los resultados numéricos que aportamos en dos aspectos concretos: las ejecuciones y la depuración del Magisterio. Con otros datos de la represión, como cifras de presos, depurados o incautados, no hay lugar a comparaciones ya que no existen trabajos de este tipo donde se recojan tales cuantificaciones.

 

Cuadro nº 1: Valoración comparativa de la represión franquista[23]

 

Provincia

 

Población
Nº de víctimas
Porcentaje

Almería

328.027

373

0,1137 %

Alicante

576.180

742

0,1288 %

Girona

325.500

519

0,1596 %

Soria

160.232

281

0,1756 %

Segovia

180.417

356

0,1973 %

Sevilla

902.935

8.000

0,8869 %

 Córdoba

771.739

9.579

1,2412 %

 

Se han abordado las múltiples manifestaciones de la violencia ejercidas, primero para vencer la oposición al alzamiento militar que pretendía acabar con la experiencia democrática que representaba la II República y, después, para derrotar la resistencia y borrar cualquier tipo de discrepancia. En el haber del régimen de Franco, para la provincia de Segovia hay que consignar, al menos, 356 ejecuciones, 2.282 presos, de los que 47 fallecieron en prisión, 520 depurados y 1.063 segovianos sometidos a represión económica. En total 4.221 represaliados que están identificados, todos tienen nombres y apellidos, no son meras cifras para una estadística. Estos son datos objetivos que no admiten interpretación, no es cuestión de simpatías o antipatías políticas.

 

Cuadro nº 2: Resumen general de la represión franquista en Segovia

 

Formas de represión

 

Nº de afectados

 

Fusilados

Represión sumaria        

 

211

 

              356

Represión judicial          

 

145

Presos

               2.282

Responsabilidades civiles  y políticas

 

              1.063

Depuración

                 520

 

TOTAL

 

              4.221

 

A estos datos habrían de añadirse los incalculables daños psicológicos, sociales y culturales que no se pueden cuantificar y que son tan importantes como los daños físicos. Las consecuencias psicológicas de la represión han sido las que más han perdurado en el tiempo, de hecho aún persisten, porque han sido las más profundas, prueba de ello es que todavía permanecen en la memoria y originan los problemas afrontados en esta investigación. El control social fue continuo y constante incluso en provincias mayoritariamente afectas al régimen como Segovia. No se han podido cuantificar los suicidios o fallecimientos de personas desesperadas por haber sido despojadas de su puesto de trabajo, de sus bienes, padecido palizas en prisión, sufrido el fusilamiento de algún familiar, o de las secuelas de las malas condiciones de las cárceles.

 

Pero tan importante como el hecho de la represión es que el régimen de Franco se impuso con una violencia en muchos casos innecesaria y desmesurada lo que prueba la pretensión de los sublevados de eliminar y exterminar al oponente. En la provincia de Segovia hemos corroborado que nada había ocurrido antes de la guerra que pudiera justificar la dura represión con que se castigó a los adversarios de esta provincia. El objetivo era sancionar, reprimir y castigar por cualquier hecho o comentario, por insignificante que fuera y al mayor número de personas posible. Lo que se muestra palpablemente en todos los ámbitos represivos, como las penas de muerte o condenas de 20 a 30 años por declaraciones sobre el curso de la guerra. En los procesos depuradores o de responsabilidades civiles y políticas se sancionaba la militancia de base, las ideas políticas o la asistencia a manifestaciones anteriores a la sublevación, cuando eran prácticas perfectamente legales. Afectaban a cualquier segoviano, aunque residiera en la localidad más pequeña y más recóndita, y su cargo u ocupación fuera irrelevante (de hecho fueron sancionados multitud de obreros con la pérdida de todos los bienes, de los que carecían, de igual modo que barrenderos o enterradores eran despojados de su puesto de trabajo por similares motivos).

 

  En definitiva, una provincia más se une al mapa del estudio científico de la represión franquista como contribución al esclarecimiento total del periodo más oscuro de nuestra historia reciente: los orígenes del régimen de Franco. Esta investigación llega con la esperanza de que, mediante el conocimiento del pasado, la Guerra Civil sea superada de un modo definitivo por la sociedad española.



[1] Este artículo es la presentación de la tesis que lleva por título Control Social e imposición ideológica: la provincia de Segovia, 1936-1939. Un episodio de la implantación del franquismo. Fue defendida en la Universidad Complutense de Madrid en enero de 2003.

[2] Moreno Gómez, Francisco, Córdoba en la posguerra (La represión y la guerrilla, 1939-1959). Francisco Baena, Córdoba, 1987, pág. 17.

[3] Juliá, Santos, coordinador, Julián Casanova, Josep M. Solé i Sabaté, Joan Vilarroya y Francisco Moreno. Víctimas de la Guerra Civil. Temas de hoy, Historia, Madrid, 1999, págs. 411-412.

[4] HERRERO BALSA, Gregorio y HERNÁNDEZ GARCÍA, Antonio, La represión en Soria durante la Guerra Civil, editada por los autores, Soria, 1982; MARTÍN JIMÉNEZ, Ignacio, La Guerra Civil en Valladolid (1936-1939). Amaneceres ensangrentados, Ámbito, Valladolid, 2000 y López García, Santiago y DELGADO CRUZ, Severiano, Víctimas y nuevo Estado 1936-1940 en J. L. Martín y R. Robledo, eds. Historia de Salamanca, V (siglo XX), Salamanca, Centro de Estudios Salmantinos, 2001.

[5] SOUTO BLANCO, María Xesús. La represión franquista en Lugo. Edicions do Castro, Lugo, 2001.

[6] SOLE I SABATE, J. M., La represión franquista en Cataluña 1938-1953, Edicions 62, Barcelona, 1985; y Moreno Gómez, Francisco, La Guerra Civil en Córdoba (1936-1939).  Alpuerto, Madrid, 1985.

[7] Ortiz heras, Manuel, Violencia política en la II República y el primer franquismo. Albacete 1936-1956, Siglo XXI, Madrid, 1996; ORS, M., La represión de guerra y posguerra en Alicante (1936-1945), Institut de Cultura Juan Gil Albert, Alicante, 1995; y Casanova, Julián; Cenarro, Ángela; Cifuentes, Julita; Maluenga, Pilar y Salomón, Pilar, El pasado oculto. Fascismo y violencia en Aragón (1936-1939), Siglo XXI, Madrid, 1992.

[8] SÁNCHEZ RECIO, Glicerio, Las Responsabilidades Políticas en la posguerra española. El partido judicial de Monóvar. Universidad de Alicante, Alicante, 1984; MIR CURCO, Conxita y otros, Repressió econòmica i franquisme: L’actuació del Tribunal de Responsabilitats Polítiques a la provincia de Lleida, L’Abadía de Monserrat, Barcelona, 1997; Álvaro Dueñas, Manuel, Tesis doctoral “Por Ministerio de la ley y voluntad del Caudillo”. La jurisdicción especial de Responsabilidades Políticas, Universidad Autónoma de Madrid, 1997.

[9] GIL BRACERO, Rafael, La justicia Nacional y el Tribunal de Responsabilidades Políticas de Granada. Las fuentes y las primeras conclusiones, en Jornadas sobre la Administración de Justicia durante la Guerra Civil Española: Instituciones y fuentes documentales, M. Cultura, Madrid, 1990; FRÍAS RUBIO, Ana Rosa, El Tribunal de Responsabilidades Políticas de Soria, 1939-1959, Revista de Investigación en Geografía e Historia del Colegio Universitario de Soria, vol. XI, nº 3, 1991-1992; y PRATS DE LA IGLESIA, Rosa María, Represión económica de la postguerra: la Ley de Responsabilidades Políticas contra la Generalitat Republicana: una aproximación. En TIEMPOS DE SILENCIO, Actas del IV Encuentro de Investigadores del Franquismo, Universidad de Valencia, 1999. GRANJA GONZÁLEZ, Pilar de la, Represión durante la Guerra Civil y la posguerra en la provincia de Zamora, Instituto de Estudios Zamoranos Florián de Ocampo, Zamora, 2002.

[10] ÁLVAREZ OBLANCA, Wenceslao, La represión del posguerra en León. Depuración de la enseñanza, 1936-1943, León, Santiago García ed., 1986; CRESPO REDONDO, J. y otros, Purga de maestros en la Guerra Civil, Ámbito, Valladolid, 1987; OSTEOLAZA ESNAL, Maitane, El garrote de la depuración. Maestros vascos en la guerra civil y el franquismo (1936-1945), Ibaeta Pedagógica, San Sebastián, 1996.  DUEÑAS, María Jesús, La enseñanza Primaria en Valladolid durante la Segunda República y la guerra civil, 1931-1939, Valladolid, 1998. Tesis doctoral inédita.  Morente Valero, Francisco, La escuela y el Estado Nuevo: la depuración del magisterio nacional (1936-1943), Ámbito, Valladolid, 1997.

[11] CASANOVA GÓMEZ, Marina, Tribunales de depuración de funcionarios diplomáticos durante la guerra civil en zona franquista, en AA.VV. Justicia en Guerra. Jornadas sobre la Administración de Justicia durante la Guerra Civil Española: Instituciones y fuentes documentales; SEARA VALERO, R., La guerra civil y sus consecuencias en la Universidad Española. Represión y depuraciones en el cuerpo de catedráticos de las facultades de medicina, tesis inédita, Dpto. Hª de la Medicina Universidad de Granada, 1986 y mingo blasco, j. a. Las depuraciones laborales en el primer franquismo: el canal de Isabel II. Comunicación al I Encuentro de Investigadores del Franquismo. Barcelona, noviembre 1992.

[12] MIR CURCÓ, Conxita; Vivir es sobrevivir: justicia, orden y marginación en la Cataluña rural de posguerra; Milenio, Lleida, 2000.

[13] Els Camps de concentració i el món penitenciari a Espanya durant la Guerra Civil i el franquisme, Barcelona, 21-23 de octubre de 2002.

[14] VINYES, Ricard; Irredentas: las presas políticas y sus hijos en las cárceles franquistas, Madrid, 2002. TORRES, Rafael; Esclavos de Franco, víctimas de la victoria, Oberon, 2002. MOLINERO, Carme, SALA, M. y SOBREQUÉS, J. Eds. Una inmensa prisión, Crítica, Barcelona, 2003.

[15] Morir, matar, sobrevivir, Casanova, J. Ed. Barcelona, Crítica, 2002.

[16] ESPINOSA MAESTRE, Francisco. La Columna de la muerte. El avance del ejército franquista de Sevilla a Badajoz, Crítica, Barcelona, 2003.

[17] Ambos entrecomillados corresponden al Decreto 10 de enero de 1937, arts. 6º y 8º respectivamente. Boletín Oficial de la Junta Técnica del Estado, 11 de enero de 1937.

[18] A Rufino Bermejo le devolvieron en 1957 el valor de la subasta de sus bienes (dos autobuses) realizada en 1937: 5.093,32 pts.

[19] CIFUENTES, J., op. cit., pág. 125.

[20] Registro Civil de Valvieja, inscripción de defunción de Esteban Ibáñez Aznara, 26 de julio de 1940, como afecto al GMN.

[21] SALAS LARRAZABAL, Ramón. Los datos exactos de la Guerra Civil, Ed. Rioduero, 1980, Madrid, pg. 258.

[22] Causa General instruida por el Ministerio Fiscal en 1940 para censar todos los casos de represión achacable al bando republicano en toda España. Archivo de la Fiscalía General del Estado. Segovia, Caja 1311. Pieza Primera: pueblos.

[23] Para ello hemos tomado como base la estimación calculada para julio de 1939 por el INE. En INE. Anuario Estadístico de 1941, pág. 115.

 

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